Históricamente las Cortes de Inmigración han rechazado las solicitudes de reapertura radicadas por personas que han sido físicamente deportadas de Estados Unidos. Aplicando lo que se conocía como el "departure bar" (impedimento por haber salido del país), los Jueces de Inmigración negaban tales solicitudes explicando que no tenían jurisdicción bajo la ley para adjudicarlas.
Los abogados de inmigración han dado la pelea a esta interpretación legal en varias Cortes Federales de los Estados Unidos, y han salido victoriosos en todos los casos. Los Altos Tribunales Federales han decidido unánimemente que la interpretación que los Jueces daban a la ley es demasiado restringida e infringe los derechos otorgados por el Congreso a los extranjeros de radicar al menos una solicitud de reapertura.
Actualmente personas deportadas de Cortes de Inmigración ubicadas en los siguientes Estados pueden radicar solicitudes de reapertura en sus casos a pesar de haber sido físicamente deportados:
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Si usted ha sido deportado de los Estados Unidos y quiere que un abogado de inmigración estudie los detalles de su caso para decidir si sería procedente radicar una solicitud de reapertura de su caso, puede llamar a Carlos Mauricio Duque, Esq. al 4-26-39-75 (en Bogotá), al 317-423-3195 (celular en Colombia), o al 305-436-0155 (en Estados Unidos). También puede visitar su página de internet www.duqueimmigration.com, o seguirlo en www.facebook.com/Duquelawyer.
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